Fondo

Transguías S.A. es una empresa prestadora del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial de Pasajeros, habilitada para ello por el Ministerio de Transporte mediante la Resolución Nº 051 del 08 de Noviembre de 2001 y sujeta a control y vigilancia por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte.


NUESTRAS FORTALEZAS


EXPERIENCIA EN EL SECTOR

Amplia experiencia y presencia activa en el transporte turístico, corporativo y escolar respaldan nuestra labor.


RECONOCIMIENTO

Formamos parte de la agremiación de Transporte Especial y de Turísmo ACOLTES


CONTROL Y SEGUIMIENTO

Realizamos controles constantes con el fin de monitorear el desempeño de nuestros conductores en la vía


MONITOREO SATELITAL

Contamos con dispositivos para hacer seguimiento permanente a los vehículos que conforman nuestro parque automotor.


NUESTROS PRINCIPIOS

MISIÓN

Brindar y garantizar un servicio de transporte terrestre automotor especial de pasajeros, comprometidos en la satisfacción de las necesidades y expectativas de nuestros clientes a través de nuestros estándares de calidad y seguridad de los servicios ofrecidos, con el apoyo de personal experimentado y calificado, con un parque automotor renovado  que brinde al cliente la superación de sus expectativas de servicio, caracterizándonos por la contribución de manera responsable al desarrollo de un ambiente sostenible. Nuestra filosofía es y siempre será: Seguridad, Puntualidad y Calidad.

VISIÓN


Nos proyectamos hacia el año 2028 como una empresa sólida, rentable, posicionada y reconocida a nivel regional por la excelencia en el Servicio de Transporte Terrestre Automotor Especial de Pasajeros, con altos estándares de calidad y seguridad, orientados a los requerimientos de nuestros clientes y acorde a las exigencias medio ambientales y de responsabilidad social fundamentados en los valores corporativos y sentido de pertenencia. Nos proyectamos a incrementar la participación en la prestación de servicios de rutas empresariales, manteniendo representación en el sector turístico, a través del compromiso de renovación anual del parque automotor.


VALORES

  • Responsabilidad
  • Confiabilidad
  • Seguridad
  • Puntualidad
  • Actitud de Servicio

POLÍTICAS DE SEGURIDAD

Capacitación

Estamos comprometidos con la capacitación de nuestros conductores, para garantizar la excelencia del servicio. Dicha información se centra en áreas específicas como:

  • MANEJO Y SEGURO DEFENSIVO
  • SEGURIDAD VIAL
  • PRIMEROS AUXILIOS
  • HÁBITOS DE CONDUCCIÓN

Pólizas de Seguro

Nuestro parque automotor y el personal transportado en los mismos, cuentan con el respaldo y cubrimiento necesarios, a través de las pólizas de seguros que a continuación se enuncian:

  • SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO (SOAT).
  • PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL.
  • PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRA-CONTRACTUAL.
  • PÓLIZA DE SEGURO TODO RIESGO.

Todo el personal de TRANSGUIAS S.A. se encuentra vinculado al Sistema de Seguridad Social (Cobertura en Serv. de Salud, ARL, etc) y cuentan con todas sus prestaciones sociales.

GESTION DOCUMENTAL

Lineamientos de grupos de documentos con caracteristicas similares, con sus respectivos tiempos de retención en cada una de las fases de archivo, para así establecer la disposicion final de los documentos y su permanente consulta para la gestión administrativa, y el mejoramiento continuo de los procesos del sistema de gestión de la empresa Transguias S.A., según resolución 061583 del 10/Nov/2016 emitida por Mintransporte, supervisado por la Superintendencia de Puertos y Transporte.



TransGuias S.A. Empresa comprometida con la Calidad de Nuestro Servicio y Orgulloso siempre de nuestra labor:


La Corte Constitucional, mediante sentencia C-033 del 29 de Enero de 2014, declaró exequible lo preceptuado en el Artículo 5° de la Ley 336 de 1996, que da sustento jurídico al Decreto 174 de 2001; el cual exige que las empresas públicas o privadas, en el evento en el cual no cuenten con vehículos de su propiedad para el exclusivo servicio de transporte de su empresa, sólo puedan celebrar contratos para tal fin con Empresas de Transporte legalmente constituidas y habilitadas por el Ministerio de Transporte.